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julio 3, 2026

[Resumen] Ayudas dirigidas a la reactivación económica en los municipios afectados por la DANA para el ejercicio 2026 (EMDANA)

Resumen Unió Gremial: Ayudas dirigidas a la reactivación económica en los municipios afectados por la DANA para el ejercicio 2026 (EMDANA). Emprendimiento

Dirigida a la reactivación económica y fomento del emprendimiento en los municipios afectados por la DANA del 29 de octubre de 2024.

Objetivo y beneficiarios

Finalidad: Subvencionar el 100% de los gastos corrientes de nuevas actividades económicas.

Será subvencionable:

Los gastos vinculados directamente con la actividad económica subvencionada.

  • Gastos de alquiler de locales y espacios para la actividad.
  • Gastos laborales del personal por cuenta ajena con contrato laboral. El tope máximo subvencionable de retribución mensual bruta por nómina que se tendrá en cuenta para calcular la subvención es de 3.000 euros.
  • Gastos de contratación de servicios profesionales.

No será subvencionable:

  • a) Gastos de alquiler de viviendas, aun cuando la actividad empresarial se desarrolle en la misma.
  • b) Intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • c) Costes de la seguridad social a cargo de la empresa derivados de la contratación laboral.
  • d) Cuotas de autónomos ni nóminas de los socios trabajadores de las sociedades mercantiles.
  • e) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • f) Gastos de procedimientos judiciales.
  • g) Impuestos directos e indirectos, tasas y contribuciones especiales.
  • h) Adquisición de inmovilizado, material o inmaterial de todo tipo.
  • i) Adquisición de bienes destinados a la venta.
  • j) Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones.
  • k) Gastos suntuarios, los obsequios y los demás gastos similares que no estén directamente vinculados con la consecución de los fines de la subvención.
  • l) Gastos de la contratación de pólizas de seguros.
  • m) Gastos correspondientes a cualquier suministro.
  • n) Gastos derivados de la externalización de la actividad principal.

Beneficiarios: Autónomos (RETA o mutualidad) y pymes (menos de 250 trabajadores).

Requisito clave: Haber iniciado una nueva actividad (alta en el IAE) con posterioridad al 1 de noviembre de 2024 en uno de los municipios afectados.

Exclusiones: Comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad jurídica, entidades sin ánimo de lucro y empresas que soliciten la ayuda EMPYME 2026.

Compatibilidades con otras ayudas

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

Son acumulables con donaciones, préstamos DANA concedidos por el IVF a interés 0%, préstamos bancarios, así como con ayudas públicas para otros gastos subvencionables diferentes.

La ayuda, o el total de ayudas, no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Importes y gastos subvencionables

Importe máximo: Hasta 20.000 euros por solicitud.

Límite de mínimis: El total de ayudas de mínimis no puede superar los 300.000 euros en un período de tres años.

Período de los gastos subvencionables

  • Del 1 de noviembre de 2024 al 30 de abril de 2026: Si la empresa no recibió la ayuda EMDANA 2025 ni la del Decreto 160/2025.
  • Del 1 de septiembre de 2025 al 30 de abril de 2026: Si la empresa sí recibió alguna de estas ayudas.

Condiciones de pago: Se deben verificar mediante facturas o nóminas pagadas por transferencia bancaria (no se acepta efectivo). La relación de gastos presentada no puede superar los 30.000 euros.

Solicitud

Telemática en este enlace: Ayudas EMDANA. Emprendimiento

Listado de municipios con ubicación de empresas beneficiarias según el grado de afectación de la DANA

Municipios con prioridad A

  • Albal
  • Aldaia
  • Alfafar
  • Algemesí
  • Benetússer
  • Beniparrell
  • Catarroja
  • Guadassuar
  • L’Alcúdia
  • Llocnou de la Corona
  • Massanassa
  • Paiporta
  • Picanya
  • Riba-Roja de Túria
  • Sedaví
  • Valencia (pedanías SUR)
  • Xirivella

Municipios con prioridad B

  • Alaquàs
  • Calles
  • Catadau
  • Caudete de Las Fuentes
  • Llombai
  • Pedralba
  • Quart de Poblet
  • Riola
  • Sot de Chera
  • Utiel

Municipios con prioridad C

  • Albalat de la Ribera
  • Alborache
  • Alcàsser
  • Alfarp
  • Alzira
  • Bugarra
  • Buñol
  • Carlet
  • Cheste
  • Chiva
  • Cullera
  • Favara
  • Fortaleny
  • Fuenterrobles
  • Gestalgar
  • Godelleta
  • Loriguilla
  • Manises
  • Mislata
  • Montroy
  • Montserrat
  • Picassent
  • Real
  • Requena
  • Sollana
  • Torrent
  • Vilamarxant

Municipios con prioridad D

  • Alberic
  • Alginet
  • Almussafes
  • Aras de los Olmos
  • Barxeta
  • Benagéber
  • Benaguasil
  • Benicull de Xúquer
  • Benifaió
  • Benimodo
  • Benimuslem
  • Bétera
  • Camporrobles
  • Carcaixent
  • Casinos
  • Castelló (ahora Villanueva de Castelló)
  • Castielfabib
  • Chelva
  • Chera
  • Chulilla
  • Corbera
  • Dos Aguas
  • Gavarda
  • La Pobla Llarga
  • L’Ènova
  • Llaurí
  • Llíria
  • Losa del Obispo
  • Macastre
  • Manuel
  • Massalavés
  • Millares
  • Paterna
  • Polinyà de Xúquer
  • Rafelguaraf
  • Sant Joanet
  • Senyera
  • Siete Aguas
  • Silla
  • Sinarcas
  • Sueca
  • Tavernes de la Valldigna
  • Titaguas
  • Tous
  • Tuéjar
  • Turís
  • Villar del Arzobispo
  • Xeraco
  • Yátova

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