Unió Gremial. Resumen:
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y la consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025. EMPYME 2025
Ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025 (EMPYME). Emprendimiento.
DIRIGIDAS A:
Personas emprendedoras que hayan iniciado su actividad en los últimos cinco años:
• Personas físicas (empresarios individuales)
• PYMEs con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Gastos corrientes derivados del inicio y consolidación del proyecto empresarial desarrollado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana
Personal laboral:
• Gastos laborales del personal contratado por cuenta ajena en la Comunitat Valenciana
• Hasta un máximo de 3.000 euros/mes brutos por trabajador
Colaboraciones:
Gastos de contratación de colaboraciones externas para el inicio y consolidación del proyecto empresarial:
• Desarrollo del plan de empresa
• Estrategias de digitalización
• Crecimiento sostenible
• Posicionamiento de marca
• Servicios de apoyo part-time o de profesionales en modalidad interim-manager
Gestoría, asesoría y notariales:
Gastos derivados de servicios de gestoría, asesoramiento jurídico, y trámites notariales y registrales indispensables
Alquiler:
Gastos de alquiler de espacios necesarios para el desarrollo de la actividad: locales, coworking, despachos u otros espacios imprescindibles
Publicidad:
• Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing, incluido marketing digital y canales online
• Incluye diseño de packaging e identidad del producto o servicio
Serán admitidos exclusivamente los gastos que:
• Estén relacionados directamente con la actividad subvencionada
• Sean estrictamente necesarios para su ejecución
• Hayan sido realizados y pagados entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025
CUANTÍA DE LA AYUDA:
• Presupuesto mínimo subvencionable: 5.000 €
• Ayuda del 70 % sobre el total de los gastos subvencionables
• Máximo de 15.000 €
Ayudas sujetas al régimen de minimis, conforme a:
• Orden 2/2024, de 29 de febrero
• Reglamento (UE) 2023/2831, de 13 de diciembre de 2023
Límites:
• Máximo 300.000 € en ayudas minimis por empresa en un período de tres años
• Si se supera el 70 %, los 15.000 € o el límite de minimis, la ayuda será ajustada a la baja
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Del 12 de mayo al 12 de junio de 2025, ambos inclusive
Presentación telemática: Enlace y formularios para la presentación telemática